25% de descuento en el pago de multas

 

        La Ley de Tránsito dispone rebajar la multa asignada a la infracción en un 25% cuando el conductor denunciado la paga dentro de los primeros 5 días hábiles desde el momento en que la infracción fue cursada o desde su notificación para el caso de los partes empadronados; es decir el pago debe efectuarse sin asistir a la audiencia para la que fue citado ni esperar la sentencia de la denuncia.

        Hecho el pago, se procede a la devolución inmediata de la licencia de conducir que pudiera haber sido retenida al momento de cursarse la infracción, sea que ésta se encuentre en el Tribunal o en la Unidad Policial que la cursó.

        Cumplido con el pago, el denunciado no deberá concurrir al Tribunal, salvo, por cierto, a retirar la licencia si ello fuera del caso.

        Es indispensable precisar que a este beneficio sólo podrán acogerse los conductores denunciados por infracciones que la Ley del Tránsito califica como graves, menos graves y leves, por lo que no pueden gozar de este beneficio los denunciados por infracciones gravísimas (luz roja de semáforo, señal Pare y conducir sin haber obtenido Licencia), quienes necesariamente deberán asistir a la audiencia para la que hayan sido citados y esperar la sentencia que al efecto se dicte.